Cotidianamente se puede referir a la ausencia de riesgo o a la confianza en algo o en alguien
QUE ES SEGURIDAD INDUSTRIAL
La Seguridad Industrial es el sistema de disposiciones obligatorias que tienen por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes capaces de producir daños a las personas, a los bienes o al medio ambiente derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o equipos y de la producción, uso o consumo, almacenamiento o rehecho de los productos industriales.
QUE ES NORMATIVIDAD
Se refiere al establecimiento de reglas o leyes, cualquier grupo u organización, la moral es la formación que tienes o el conjunto de creencias de una persona o un grupo social determinado. Siempre son necesarias las reglas, leyes y políticas, debido a querer existir un orden y común de acuerdo a los integrantes
NORMATIVIDAD
SEGURIDAD INDUSTRIAL
Peligro:
Psicosocial
Carga laboral
Identificación:
ley 9 1979 Art. 84
Procedencia:
Congreso de la República
Nombre de la Legislación:
Normas para Prevenir, Conservar y Mejorar la Salud de los Individuos en sus ocupaciones
Descripción de la Norma/Artículo:
Todos los empleadores están obligados a: proporcionar un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, establecer métodos de trabajo con el mínimo de riesgos para la salud y realizar programas educativos sobre los riesgos para la salud a que están expuestos los trabajadores y sobre los métodos de prevención y control.
Programa de Gestión Asociado para Cumplimiento:
Programa de Gestión en Seguridad y Salud ocupacional
Programa de Bienestar, Programa de Inducción y Re inducción y Plan de capacitación.
Responsables del Cumplimiento:
Gerencia de Recursos Humanos
Proceso:
Recursos Humanos
Peligro:
Psicosocial
Relaciones personales
Identificación:
Ley 1010 2006 Art. 1 - 19
Procedencia:
Congreso de la República
Nombre de la Legislación:
Por medio de la cual se adoptan medidas para Prevenir, Corregir y sancionar el Acoso Laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.
Descripción de la Norma/Artículo:
Definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública.
Programa de Gestión Asociado para Cumplimiento:
Programa de Gestión en Seguridad y Salud ocupacional
Programa de Bienestar, Programa de Inducción y Re inducción y Plan de capacitación.
INVESTIGACIÓN DE INCIDENTE
Y ACCIDENTE DE TRABAJO.
CONCEPTOS BÁSICOS:
¿Qué es un Incidente de
Trabajo?
Según la Resolución 1401 de
2007: «Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación
con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas
involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad
y/o pérdida en los procesos.»
EJEMPLOS DE INCIDENTE:
•Casi
cae, por piso resbaloso.
•El
vehículo se pasó el semáforo en rojo, pero no colisionó.
•El
madero cayó desde el tercer piso y le pasó cerca de la cabeza del trabajador,
pero no lo golpeó.
¿Qué es un Accidente de
Trabajo?
Según la Ley 1562 de 2012, Artículo 3: «Es accidente
de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del
trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación
funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Es también, accidente de trabajo aquel que se produce
durante la ejecución de órdenes del empleador o contratante, o durante la ejecución
de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Igualmente, se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el
traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares
de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se considerará como accidente de trabajo el
ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se
encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento
de dicha función.
De igual forma, se considera accidente de trabajo el
que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o
culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de
la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios
temporales que se encuentren en misión.»
POR EJEMPLO:
•Fractura
por caída, al limpiar los vidrios de la empresa.
•Corte
en mano, cuando manipulaba herramienta manual.
•Quemadura
en la piel, cuando manejaba productos químicos.
¿Qué es un Accidente de
Trabajo Grave?
Según la Resolución 1401 de 2007 – «Aquel que trae
como consecuencia una lesión tal como:
•Una
amputación de cualquier segmento corporal;
•Fractura
de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cúbito)
•Trauma
craneoencefálico
•Quemaduras
de segundo y tercer grado
•Lesiones severas
de mano, tales
como aplastamiento o quemaduras
•Lesiones
severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal
• lesiones oculares que comprometan la agudeza o
el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva.
POR QUE INVESTIGAR LOS INCIDENTES Y
ACCIDENTES DE TRABAJO.
Por norma en el Sistema General de Riesgos Laborales,
el empleador es responsable por la afiliación, cotización y la prevención de
los riesgos de sus empleados, lo cual tiene como fin garantizar la vida de sus
trabajadores en los sitios y centros de trabajo. La investigación permite
determinar el origen de estos eventos para identificar su causalidad e
intervenir en el mejoramiento de sus procesos productivos para eliminar o
minimizar su ocurrencia.
FUNCIONES DEL EQUIPO INVESTIGADOR.
a. Solicitar el formato e
instructivo de investigación de incidentes y accidentes de trabajo, a la
Administradora de Riesgos Laborales.
b. Investigar los incidentes y
accidentes de trabajo, dentro de los 15 días siguientes a la ocurrencia del
evento.
c. Revisar hechos y evidencias.
d. Determinar las causas inmediatas
(actos y condiciones subestándar) y causas básicas (factores del trabajo y
personales).
e. Establecer medidas correctivas
que prevengan la recurrente del accidente, elaborar el plan de acción,
coordinar su ejecución y realizar el
seguimiento correspondiente.
f. Preparar el informe de la
investigación, según lo descrito en el
Capítulo II de la Resolución 1401 de 2007 (Ministerio de Trabajo).
g. Apoyar al Representante Legal en
el desarrollo de sus funciones:
Firmar el compromiso de adoptar las medidas de intervención
en la fuente, el medio o el trabajador en el informe de Investigación de
Incidentes y Accidentes de Trabajo.
Cumplir con el compromiso de adopción de medidas de
intervención, según lo establecido en el artículo 12 de la Resolución 1401 de
2007.
Las obligaciones del contratante en el reporte e
Investigación del Incidente o Accidente con sus contratistas según el decreto
723 de 2013:
1. Reportar a la ARL los accidentes
de trabajo y enfermedades laborales.
2. Investigar todos los incidentes y
accidentes de trabajo.
RESPONSABILIDADES DEL
EMPLEADOR AL MOMENTO DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO.
Sabes que hacer o cómo reaccionar
frente a un caso de accidente:
Una vez
presentado el accidente de trabajo (AT)
informe a su jefe inmediato, el
jefe inmediato informara a uno de los
integrantes de la brigada de primeros auxilios para brindarle la ayuda
apropiada. El equipo de Seguridad y Salud en el Trabajo reportara el accidente a las líneas habilitadas por
Administradora de Riesgos Laborales ARL Positiva Compañía de Seguros S.A. en
Bogotá 330 70 00, a nivel Nacional al 01 8000 1170, el equipo de Seguridad y
Salud en el Trabajo entregará copia del
FURAT diligenciado a la ARL. El trabajador debe informar a la empresa el mismo
día, dentro de los posible, o en los
días siguientes, si le fue ordenada incapacidad por la lesión producida y el
equipo de Seguridad y Salud en el Trabajo realizara el respectivo seguimiento
del estado de salud del trabajador, los
días de incapacidad y su recuperación.
*Responsabilidades:
Prestación de
los primeros auxilios
Facilitar los
recursos necesarios para la conformación y capacitación de su brigada
Notificación
del ATEP a su A.R.L.
Accidentes e
incidentes: Reporte interno y reporte a la ARL.
AL MOMENTO DE REALIZAR
EL REPORTE DEL AT DEBE CONTAR CON LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
1.Información
General de la Empresa
•NIT 899999034 – 1
•Empleador: Servicio Nacional de
Aprendizaje SENA
•Actividad económica: Establecimiento
de educación no formal incluye programa de alfabetización para adultos
•Código CIIU 1806001
•Dirección Sede Principal…………
Teléfono………… Departamento…………… Municipio…………
•Nota: se debe informar el centro de
trabajo donde se encuentra laborando el funcionario, ejemplo Dirección General,
Dirección: Cl 57 No. 8 - 69, Tel: 5461500, Departamento: BOGOTÁ D.C., Municipio
Bogotá.
2.Información del trabajador
•Número y tipo de documento de
identidad
•Nombres y apellidos completos
•Dirección de residencia y número de
teléfono
•Departamento, municipio y zona (rural
o urbana)
•Ocupación
•Fecha de ingreso a la empresa, salario
mensual y jornada habitual
3. Información
del accidente:
•Fecha y hora del accidente
•Día de la semana y jornada en que
sucede
•Realizaba labor habitual Si o No
•Sitio o tipo de lesión, parte del
cuerpo afectada y agente del accidente
4. Descripción
del accidente:
•Se debe hacer una descripción
detallada de la ocurrencia el evento
RECUERDA:
•El empleador tiene la obligatoriedad
de reportar todo accidente de trabajo que ocurra,
•Dentro de los dos (2) días hábiles
siguientes a la ocurrido el evento. Art. 62 del DEC. 1295 de 1994
•Código sustantivo de Trabajo. Articulo 221. Todo trabajador que sufra un
accidente de trabajo está en la obligación de dar inmediatamente aviso al
empleador o jefe inmediato.
La prevención de accidentes es responsabilidad común de
todos los que laboran en una empresa: la dirección ó gerencia, los supervisores
y los trabajadores.
Métodos que utiliza el supervisor para motivar hacia las
medidas de seguridad:
Medios Publicitarios
Carteles
Tableros
Publicaciones internas
Letreros
Comunicaciones en sobre de pago, etc.
Participación de trabajadores
Campañas y concursos de seguridad
Adiestramiento en primeros auxilios
Brigadas de bomberos
Investigación de accidentes
Programa de observadores de seguridad industrial
Programa de observadores
Estos programas se diseñan e implementan en las empresas con
la finalidad de estimular el interés de los trabajadores hacia la seguridad.
Se piensa que toda organización debe tener conciencia de las
ideas, sugerencias, observaciones, etc. De su personal; esto puede ser una mina
de información valiosísima si son aprovechados adecuadamente.
html.rincondelvago.com/seguridad-industrial.html
Técnicas de seguridad
Las técnicas de seguridad pueden ser definidas como "todos aquellos métodos, sistemas o formas de actuación definidas, que permiten detectar y corregir los diferentes factores que intervienen en los riesgos de accidentes de trabajo y controlar sus consecuencias". En la lucha contra los accidentes de trabajo es posible actuar de diferentes formas, dando lugar a las diferentes técnicas, dependiendo de la etapa o fase del accidente en que se actúe, esto es, el análisis del riesgo, donde se realiza la identificación de los peligros y la estimación del riesgo, seguidamente la valoración del riesgo y, el control del riesgo.
Clasificación
Como un complemento y desarrollo de la clasificación expuesta anteriormente, es posible tener una clasificación más detallada de las diferentes técnicas de seguridad.
Por su alcance:
Técnicas generales (Inespecíficas o Polivalentes): Son de aplicación universal, es decir son válidas para ser aplicadas ante cualquier tipo de riesgo.
Técnicas específicas (Sectoriales o Concretas): Son de aplicación específica y limitadas a riesgos concretos (incendios, explosiones, caídas de altura, riesgos ergonómicos, riesgos higiénicos, entre otros).
Por su forma de actuación:
Técnicas de prevención: su objetivo es evitar el accidente.
Técnicas de protección: su objetivo es evitar la lesión.
Por su lugar de aplicación:
Técnicas de concepción: de aplicación en la fase de proyecto, diseño de equipos y métodos de trabajo.
Técnicas de corrección: de aplicación en las condiciones de trabajo peligrosas.
Por su objetivo:
Técnicas analíticas: su objetivo se centraliza en el análisis y la valoración de los riesgos.
Técnicas operativas: evitan los accidentes mediante la aplicación de técnicas preventivas o de protección, eliminando las causas de los mismos o reduciendo sus efectos.
Por sus causas:
Técnicas que actúan sobre el Factor Técnico (condiciones inseguras).
Técnicas que actúan sobre el Factor Humano (actos inseguros).
En resumen, las técnicas de seguridad se pueden clasificar en:
Técnicas activas: tienen como objetivo comprobar el cumplimiento de las actividades preventivas establecidas.
Técnicas reactivas: tienen como objetivo investigar, analizar y registrar los fallos en el sistema de gestión.
Encontramos el origen etimológico en el idioma latín de las dos palabras que conforman el concepto de seguridad industrial, por un lado el concepto de “securas” que podríamos precisar como “seguridad, cualidad de estar sin cuidado” y, por el otro, el concepto de lo “industrial” que proviene de “industria”, este hace referencia a “laboriosidad”.
La seguridad industrial es un concepto originado socialmente en tiempos modernos, es un proceso contemporáneo y que se desarrolla a medida que las técnicas y las tecnologías alcanzaron y se fueron aplicando a las progresivas etapas de la producción industrial. La seguridad aplicada al sector industrial es un área que se considera abarcable a través de múltiples disciplinas encargadas de minimizar los riesgos posibles en la industria. Esta parte del presupuesto de que toda actividad compleja e industrial conlleva peligros inherentes a las técnicas y procesos industriosos que necesitan de una correcta gestión para mermarlos.
Podemos dividir a los principales riesgos que conlleva la actividad industrial en dos grandes categorías, riesgos endógenos o riesgos exógenos:
1- Los riesgos endógenos latentes en la industria están vinculados a los accidentes internos propios de la actividad que aplica el trabajador, en lo manual, o en lo operativo.
2- Los riesgos exógenos son los que conlleva la industria de por sí, tienen que ver con el contexto en el que se desarrolla, el importante impacto ambiental que acarrea la industria y la devastación de recursos, por ejemplo, puede repercutir perjudicando a poblaciones de habitantes o regiones enteras.
En cuanto a factores internos o endógenos, se requiere de la protección de los trabajadores (mediante vestimentas apropiadas, elementos y herramientas que deben ser certificados por el ente estatal encargado de la seguridad laboral) para el control y la minimización de accidentes así como también del monitoreo médico del trabajador, la implementación de controles asiduos técnicos. Además es importante ofrecer a los trabajadores los conocimientos necesarios, mediante capacitación, para poder realizar las tareas de modo tal que puedan evitar sufrir accidentes, peligros o enfermedades en su actividad laborar, la formación del trabajador es un factor clave que tiene la potencialidad de poder disminuir significativamente el riesgo laboral.
En cuanto a los factores externos o exógenos, las empresas e industrias deben atenerse a la legislación nacional o provincial que determina los procedimientos y técnicas que pueden ser aplicadas con el objetivo de disminuir el impacto ambiental. Desde lo gubernamental, se pueden realizar controles de monitoreo de ambiental, estudios fehacientes de las consecuencias del impacto ambiental de la actividad industrial en la zona periférica a la industria. La industria o empresa no debe esperar que solo el estado se encargue de la seguridad industrial exterior, el uso frecuente de estadísticas posibilita advertir sobre cuáles son los sectores en los que se suelen producir los accidentes con el objetivo de acentuar las precauciones.
Es preciso destacar en este punto que el concepto de la seguridad industrial siempre es relativo, ya que es casi imposible poder garantizar que jamás se producirán accidentes en el ámbito laboral, aun así su objetivo es lograr la mayor efectividad en disminuir los peligros y sus riesgos. Así mismo es importante tener en cuenta que las empresas industriales muchas veces deciden en no invertir en seguridad con el propósito de ahorrar costos y maximizar las ganancias lo cual termina poniendo en riesgo la vida de los trabajadores.
PRINCIPALES RIESGOS
están vinculados a los accidentes que pueden tener un importante impacto ambiental y perjudicar a regiones enteras a un mas allá de la empresa donde ocurre el siniestro. ASPECTO IMPORTANTE es el uso estadística que le permite advertir en que sectores suelen producirse los accidentes para extremar las precauciones. la innovación tecnológica el cambio de maquinaria ,la capacitación de los trabajadores,y los controles habituales son algunas de las actividades vinculadas ala seguridad industrial
El término COPASO se acuñó en las
empresas de Colombia para referirse abreviadamente al Comité Paritario de Salud
Ocupacional, que antes se llamaba Comité de Medicina, Higiene y Seguridad
Industrial; dicho comité es un organismo encargado de velar por el
funcionamiento del Programa de Salud Ocupacional de las empresas y se llama
comité paritario por que se integra con un número de trabajadores igual al
número de representantes del empleador.
Su trabajo se direcciona,
generalmente, desde el Departamento de Gestión del Talento Humano de cada
empresa, siempre bajo la responsabilidad del Representante Legal. Antes debía
ser registrado en el Ministerio de Protección Social, pero la Ley 1429 del 29
de Diciembre de 2010 suprimió esa obligación, sin embargo aun sigue siendo el
Ministerio del Trabajo el que puede verificar su legalidad y funcionamiento.
¿QUE NORMAS
REGULAN EL COPASO?
Inicialmente la Ley 9ª de 1979 (24 de
Enero), en su título III, fijó los· parámetros generales de la
Salud Ocupacional en Colombia y, en el artículo 111 dejó abierta la posibilidad
de constituir el Comité Paritario de Higiene y Seguridad Industrial. Luego vino la Resolución 2400 de 1979, que
creó en su artículo 2º. La obligación, por parte de los patronos, de crear los
Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
Después el Decreto 614 de 1984 (14 de
Marzo), en su artículo 25, ordenó la constitución en las empresas públicas o
privadas, de un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, integrado
por un número igual de representantes de los patronos y de los
trabajadores. Más adelante, el
Ministerio del Trabajo con la Resolución 2013 de 1986,· reglamentó la conformación
y el funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad
Industrial. Luego, el Decreto-ley 1295
de 1994, en su artículo 63, determinó que, a partir· de su entrada en vigencia,
el comité paritario de medicina higiene y seguridad industrial de las empresas
se seguiría llamando Comité Paritario de Salud Ocupacional, abreviadamente
conocido como COPASO. Después el DECRETO
016 (9 de En. 97) -Ministerio de Trabajo y Seguridad· Social, reglamentó la
conformación y el funcionamiento de la red integrada por el comité nacional,
los comités seccionales y los comités locales de salud ocupacional. La Ley 1562 de 2012 cambió la expresión
Programa de Salud Ocupacional Por· Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST, por eso hoy ya se está hablando de
Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo –COPASST- y no de COPASO,
pero en realidad son lo mismo y se rigen por la misma Resolución 2013 de 1986.
¿QUIÉN ES EL
RESPONSABLE DEL COPASO?
En términos generales, todos somos
responsables de la Salud Ocupacional – Seguridad y Salud en el Trabajo-, por
las consecuencias que trae el no trabajar por ella, sobre todo cuando se
materializan los riesgos laborales en incidentes, accidentes o enfermedades
profesionales, amén de las pérdidas económicas que eso representa para las
empresas y, lo más grave, para los trabajadores afectados y sus familias. En
particular, en las empresas, el Representante Legal es el responsable de que se
implemente y desarrolle el Programa de Salud Ocupacional y, así mismo, de la
conformación y el funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional,
aunque delegue dicha responsabilidad, en un subalterno capacitado para el
cargo. A nivel Estatal: Según el Decreto 614 de 1984 (marzo 14), “Artículo
10º.- Constitución del Plan Nacional de Salud Ocupacional. Las actividades de
Salud Ocupacional que realicen todas las entidades, tanto públicas como
privadas, deberán ser contempladas dentro del Plan Nacional de Salud
Ocupacional. Para la organización y administración del Plan Nacional se
determinan los siguientes niveles: 1. Nivel Nacional normativo y de dirección:
Constituido por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud. 2.
Nivel Nacional de Coordinación: Comité Nacional de Salud Ocupacional. 3. Nivel
Nacional de ejecución gubernamental: Constituido por dependencias de los
Ministerios, Institutos Descentralizados y demás entidades del orden nacional.
4. Nivel Seccional y Local de ejecución gubernamental constituido por las
dependencias seccionarles, departamentales y locales. 5. Nivel privado de
ejecución: Constituido por los empleadores, servicios privados de Salud
Ocupacional y los trabajadores.
¿QUIÉN
REGULA LOS COPASOS?
Los Comités Paritarios de Salud
Ocupacional de cada empresa, están bajo la vigilancia y control del Ministerio
de la Protección Social, a través de las diferentes oficinas de Trabajo. Ahora
bien, Los Comités Paritarios de Salud Ocupacional, desarrollan su labor en
función de la vigilancia y el control que hacen algunos entes gubernamentales,
de actividades específicas, como el Ministerio de Salud, cuando interviene en
procesos sujetos a la aplicación de normas de Higiene (Ej.: manufactura de
alimentos); el Ministerio del Medio Ambiente para actividades que tienen
procesos con emisión de desechos a la atmósfera o de vertimiento a las fuentes
de agua; la Súper Intendencia Financiera para regular el cumplimiento de los
requisitos presupuesta les de las Administradoras de Riesgos Profesionales
A.R.P.´s, entre otros. También, de Manera práctica, se da un control por parte
de la Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL) a la que se encuentra afiliada
cada empresa, pues la A.R.L. a medida que cumple con la obligación de ofrecer
capacitación a los trabajadores de las empresas, también verifica que la
ejecución real del Programa de Salud Ocupacional de la empresa esté articulado
con el objetivo común de prevenir Riesgos Profesionales, accidentes y
enfermedades asociadas con las actividades laborales.
¿COMO SE
CONFORMA UN COPASO?
La conformación del Comité Paritario
de Salud Ocupacional se hace como la del Comité de Medicina, Higiene y
Seguridad Industrial, tal como lo ordena la resolución 2013 de 1986, así:
“Artículo primero. Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que
tengan a su servicio diez o más trabajadores, están obligadas a conformar un
Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y
funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se reglamenta
(el Dto. 614/84) y con la presente Resolución.”
CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE UN COPASO
Ó COPASST?
En general, velar por el desarrollo del
Programa de Salud Ocupacional de la empresa –hoy llamado Sistema de Gestión de
la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST. En particular, debe cumplir con las
funciones establecidas en el Artículo 11º. De la Resolución 2013 de 1986, que
Reza: Son funciones del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial,
además de las señaladas por el Artículo 26 de Decreto 614 de 1984, las
siguientes: a) Proponer a la administración de la empresa o establecimiento de
trabajo la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y
mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo. b) Proponer y
participar en actividades de capacitación en salud ocupacional dirigidas a
trabajadores, supervisores y directivos de la empresa o establecimientos de
trabajo. Carrera 45 No. 42-12 Medellín, Colombia. Teléfono: (57) (4) -2325222
Celular: 311-335 90 53, E-mail: copasosdecolombia@gmail.com c) Colaborar con
los funcionarios de entidades gubernamentales de salud ocupacional en las
actividades que éstos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los
informes correspondientes. d) Vigilar el desarrollo de las actividades que en
materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la empresa de
acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas
vigentes; promover su divulgación y observancia. e) Colaborar en el análisis de
las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer
al empleador las medidas correctivas a que haya lugar para evitar sus
ocurrencias. Evaluar los programas que se hayan realizado. f) Visitar
periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas,
equipos, aparatos y las operaciones realizadas por el personal de trabajadores
en cada área o sección de la empresa e informar al empleador sobre la
existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de
control. g) Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los
trabajadores, en materia de medicina, higiene y seguridad industrial. h) Servir
como organismo de coordinación entre empleador y los trabajadores en la
solución de los problemas relativos a la salud ocupacional. Tramitar los
reclamos de los trabajadores relacionados con la Salud Ocupacional. i)
Solicitar periódicamente a la empresa informes sobre accidentalidad y
enfermedades profesionales con el objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en
la presente resolución. j) Elegir al secretario del comité. k) Mantener un
archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen, el
cual estará en cualquier momento a disposición del empleador, los trabajadores
y las autoridades competentes. l) Las demás funciones que le señalen las normas
sobre salud ocupacional. también debe cumplir las funciones que le asigna el Artículo
26 de Decreto 614 de 1984, que son: “a) Participar de las actividades de
promoción, divulgación e información, sobre medicina, higiene y seguridad
industrial entre patronos y trabajadores, para obtener su participación activa
en el desarrollo de los programas y actividades de Salud Ocupacional de la
empresa; b) Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los
programas de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo de la empresa e
informar sobre el estado de ejecución de los mismos a las autoridades de Salud
Ocupacional cuando haya deficiencias en su desarrollo; c) Recibir copias, por
derecho propio, de las conclusiones sobre inspecciones e investigaciones que
realicen las autoridades de Salud Ocupacional en los sitios de trabajo.”
Es
una rama de la salud ocupacional cuyo estudio tiende ayudar y a mejorar la
salud de los trabajadores, tiene tres etapas.
1 prevención primaria (evitar):
identifica el factor de riesgo (exámenes de riesgos) los cuales son
ergonómicos, psico-sociales, químicos, mecánicos, locativos, físicos.
2 prevención secundaria
(controlar): en dicha prevención ya se encuentra la enfermedad y se controla para que no
avance.
3 prevención terciaria
(rehabilitación): se trata de reincorporar la funcionalidad perdida en el
trabajador.
¿Qué es medicina del trabajo?
Es
una subespecialidad de la salud pública que se ocupa de la evaluación, el mantenimiento,
restablecimiento, y mejoramiento de la salud del trabajador, mediante la
aplicación de los principios de la medicina preventiva.
FUNCIONES
La
promoción de la interacción entre el trabajador, a través de la aplicación de
los principios del comportamiento humano.
La
estimación activa de las necesidades y responsabilidades sociales, económicas
y administrativas del trabajador y de la
comunidad del trabajo.
Estos
programas tienen con finalidad la promoción y prevención y control de la salud
de los servidores frente a los factores de riesgos ocupacionales, además
recomienda los lugares de trabajo con fin que puedan desarrollo sus actividades
de manera eficaz.
CONCEPTO DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS
Esta
definición es la integración de la promoción de la prevenciones de los riesgos
laborales intenta establecer un marco
conceptual que ayude a garantizar y
emprender programas de salud en empresas que consideren actuaciones a todos los
niveles (individuos, entorno, y organización) y busca la participación y
colaboración de todos los actores importantes (administraciones competentes,
expertos, empresarios y trabajadores) crea un entorno de trabajo seguro y
saludable no es necesariamente muy fácil ni extremadamente difícil, conseguir
el objetivo que se ha marcado “ trabajadores sanos en empresas saludables “
pueden hacerse en forma paulatina buscando que las intervenciones concuerden
con los niveles de compromiso con la
empresa y con los recursos disponibles. Las características de una gestión de
la salud en el trabajo se pueden resumir en:
·Un diseño sistemático de
programas que mejores la salud del trabajador y de la organización.
·La creación de una cultura
de la salud que satisfaga las necesidades tanto de la empresa como del
trabajador.
·Un gestión de la salud que integre en el plan
estratégico de la empresa porque es bueno para la salud del trabajador y de la
productividad, eficiencia y competitividad de la empresa.
·Una metodología que ayude a las
personas a conseguir una salud optima ( emocional, física, social, espiritual e
intelectual)
·Una metodología que utilice diversas
estrategias para mejorar el conocimiento sobre la salud que tiene los
trabajadores y además actores relevantes y para poner a su disposición un
entorno de trabajo que proteja la salud de los personas y que apoye y refuerce
las elecciones saludables.
Los principales entornos de este procedimiento son:
·Unas condiciones de trabajos
mejorados, en busca de la calidad y sostenibilidad del trabajo, donde la salud
y la seguridad de los trabajadores están aseguradas y en las que se cumplen y
sobrepasan los requisitos legales de la normativa vigente.
·Unos hábitos de vida
saludables considerando que las intervenciones como pueden en el entorno de los
trabajadores facilitar y apoya habito, comportamientos con la vida de forma
saludable.
·Un entorno facilitador en el
que la cultura de la organización refuerza y defiende unos valores éticos que
aseguran un trato y justo de los trabajadores.
¿QUE ES LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL?
Las
inspecciones de trabajo y seguridad
social (ITSS) es la organización administrativa responsables del control y
vigencia del cumplimiento de las normas de orden social , que incluyen los
servidores de exigencia de las responsabilidades administrativas pertinentes en
que pueden incurrir empresas y trabajadores, así como el asesoramiento e
información a los mismos en material laboral y seguridad social.
El régimen de funcionamiento de la inspecciones de trabajo esta recogido
en la ley 41/1997 de ordenación de la
inspecciones de trabajo y seguridad social y en su reglamento de
desarrollo aprobado por RD 138/2000, así
como en la orden ministerial de 12 de febrero de 1998.
La
inspección de trabajo cuenta con funcionamiento de dos niveles:
·Inspectores de trabajo y
seguridad social
·Subinspectores de empleo y
seguridad social
El
objetivo fundamental de su trabajo va dirigido a impulsar el cumplimiento voluntario,
por parte de empresarios y trabajadores, de las obligaciones que en materia
laboral y de seguridad social establece legislación española. Pero, también
desarrolla actuaciones correctoras y sancionadoras
Para
estas condiciones de trabajo sean
vigiladas existen un formato en el que
se realiza un diagnóstico de condiciones de trabajo en este formato encontramos
el objetivo es Verificar las condiciones
que pueden generar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y 2 definiciones
que son una inspecciones planada es un
recorrido sistemática por un área
inspecciones planeadas informales: inspecciones planeadas en forma no sistemáticas. Este formato lleva
adjunto documentos como la norma NTC 4114 que trata de inspecciones planeadas y
del ARTICULO 11, resolución 1016 de 1989 del ministerio de trabajo y seguridad
social.
DIAGNOSTICO DE
CONDICIONES DE TRABAJO
Actividades:
solicita inspecciones de condiciones de
trabajo.
Descripción:
el jefe de la dependencia o el trabajador con VoBo del jefe inmediato envían un
a solicitud de inspecciones de trabajo.
Dependencia o unidad de gestión: dependencia
Cargos jefe inmediato.
Registros:
oficio o formato de reportes de condiciones de trabajo.
LAS BRIGADAS DE EMERGENCIA
Se
denomina brigada de emergencia al grupo de trabajadores que se encuentran debidamente
organizado, entrenados y equipados para estar en la absoluta capacidad de
identificar las condiciones de riesgos que pueden generar determinadas
emergencias y así mismo se encuentran entrenados para actuar oportunamente
controlado o minimizando sus consecuencias de dichas riesgos identificados.
Estas
brigadas son formados con el fin de promover un cambio de actitud en el
personal, con la finalidad de fomentar una cultura preventiva, la cual se
fundamenta y respalde en la necesidad de controlar y manejar de manera
organizada las condiciones laborales
inadecuadas que puedan causar desastres que afecten la salud o seguridad de los
trabajadores o así mismo los bienes materiales de la empresa.
El comité
de seguridad y salud ocupacional establece y organiza la formación jerárquica y
funcional de las brigadas de emergencia, incluyendo la designación de sus respectivos
jefes de los grupos de las brigadas, según un organigrama previo. De este modo
el comité de seguridad y salud ocupacional, coordina con los jefes de cada área
dentro de la organización a fin de conformar las brigadas de emergencia
definidas, que generar mente pueden ser:
·Brigadas contra incendios y
derrames. ·Brigada de evacuación y
rescate. ·Brigadas de primeros
auxilios.
También
se debe considerar que comité de seguridad y salud ocupacional mantenga una
lista actualizada de los brigadistas acreditados y vigentes, siendo siempre
validado por alguna jefatura corporativa de seguridad.
La
brigada debe reunirse a fin de coordinar las acciones a tomarse en caso de
improvisto siendo recomendables de las brigadas acreditadas y vigentes, esta
reunión será coordinada con el comité de seguridad y salud ocupacional.
El
comité de seguridad debe considerar un determinado perfil para el brigadista,
debiendo este cumplir con algunas condiciones como las siguientes:
Poseer
de manera natural sin ser obligado voluntad, pro activa ánimo y espíritu de
colaboración y poseer cierto conocimiento sobre evacuación, rescate, primeros auxilios,
control, de derrames e incendios. Así se debe encontrar en buenas condiciones
físicas y psicológicas a fin de participar óptima mente en las operaciones de la brigada y en las prácticas de
entrenamiento. Algunas características a considerar como favorables para ser
parte de una brigada se puede mencionar.
CONDICIONES FÍSICAS
·Estar comprendidas entre
edades donde la capacidad física no se vea disminuida, pudiendo ser entre 18 a
50 años de edad.
·No padecer impedimentos
físicos y tener buen estado físico certificado, habiendo previamente haber
pasado por un examen médico.
.
·Deben poseer un relación
peso-estructura adecuada.
·No padecer problemas
cardiovasculares ni respiratorios que compliquen la salud del brigadista
durante una emergencia, no olvidar que ellos están para ayudar, y si de pronto que ellos
necesiten ayuda durante una emergencia sería contraproducente.
CONDICIONES PSÍQUICA:
·Poseer estabilidad
emocional. ·Tener aptitudes de
organización y liderazgo. ·Tener disposición de
colaboración, capacidad de aprendizaje. ·Poseer iniciativa propia,
capacidad para tomar decisiones. ·Tener aptitud para el
trabajo en equipo. ·Tener aceptación de sus
compañeros.
CONDICIONES INTELECTUALES
·Deben tener una formación
básica secundaria o de preparatoria, ya que se necesita que estos puedan leer y
escribir perfectamente a fin que puedan estar en la capacidad de leer,
interpretar manuales, señal éticas.
CONDICIONES COMPLEMENTARIAS
RECOMENDABLES
·Haber pertenecido, en
empleos anteriores, a grupos de esta naturaleza, lo cual facilitara enormemente
el aprendizaje o entrenamiento orientado a alcanzar los objetivos básicos de un brigadista.
·Si es o fue en su momento
bombero de servicio público, también implica una ventaja, de aprovechar las
condiciones de este, en beneficio de los demás integrantes de la brigada.
·También resultaría positiva
si ha participado en cursos de primeros auxilios o respuesta ante emergencia.
CLASES DE BRIGADAS:
·Brigadas incipientes o
básicas : son brigadas conformadas por personal voluntario de la misma empresa.
·Brigadas estructuradas :
están conformadas por personal entrenado específicamente para estas labores.
·Brigadas mixtas: integradas
por personal voluntario y personal contratado por la empresa .
Primeros auxilios
Es importante que en todos los centros de trabajo se designe uno o más
trabajadores para formarlos en primeros auxilios y que conozcan una serie de pautas
o maniobras sobre qué hacer o qué no hacer ante situaciones de emergencia y
hasta la llegada de personal sanitario especializado que pueda hacerse cargo de
un accidentado o enfermo repentino.
Así mismo, el artículo 20 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
Prevención de Riesgos Laborales indica la obligación de analizar las posibles
situaciones de emergencia y de tomar las medidas necesarias en materia de
primeros auxilios. En concreto obliga a: -designación del personal en primeros auxilios . -formación del personal designado. -organizar los relaciones necesarias con servicios externos. En el Anexo VI del Real Decreto 486/1997 sobre lugares de trabajo dice
que se dispondrá del material y, según los casos (empresas de más de 50
trabajadores o de 25 si lo considera la autoridad laboral en función del tipo
de trabajo), de los locales necesarios para la prestación de primeros auxilios
a los trabajadores que sufran un accidente. El material de primeros auxilios
será el adecuado según el tipo de actividad, riesgos y número de posibles
accidentados, al igual que los locales.
Consideraciones generales sobre los botiquines: -todos los trabajadores deben saber donde se encuentran. -han de contener materiales de primeros auxilios y nada mas. -el contenido ha de estar acorde con el nivel de formación de socorristas y de los riesgos existentes en el puesto de trabajo. -deben haber un responsable de la reposición del material usado o caducado. Existen unas normas de utilización de botiquines en las que se incluyen datos sobre este tipo de botiquín que debe hacer en los centros de trabajo según la actividad que se realiza en ellos, y el material que deben de contener dicho botiquines, así como una pequeña guía de primeros auxilios y materiales y locales de primeros auxilios Las condiciones
mínimas de los locales y el material mínimo necesario para garantizar la prestación de primeros auxilios, se regula según el Real Decreto 486/1997 de 14
de abril, donde se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en
los lugares de trabajo.
Botiquines:
Las necesidades a la
hora de equiparlo dependerán de:
·La distancia al centro sanitario más próximo.
·El número de trabajadores de la empresa
·Los riesgos a que estén expuestos
Contenido mínimo
·Pinzas
·Tijeras
·Guantes de un solo uso
·Vendas
·Gasas estériles
· Desinfectantes y antisépticos
·Algodón hidrófilo
· Esparadrapo
Cuando en la empresa existan riesgos específicos
El contenido del botiquín se adaptará a ellos.
Normas Generales:
·Solo contendrá material de primeros auxilios.
·Estará ubicado en lugar de fácil acceso.
·El material se repondrá de inmediato conforme
sea utilizado
O haya caducado.
·Todo el material se adaptará a las
necesidades así como al
Personal habilitado para su manejo
Actuaciones generales:
·Coloque a la víctima de forma
confortable hasta la llegada de los sanitarios.
·SI LAS LESIONES LO PERMITEN, se
recomienda colocar al accidentado en la posición lateral de seguridad.
·Abrigue al accidentado para que
no pierda calor.
·NO dar de comer ni beber a la
víctima.
·Permanezca al lado del herido
tranquilizándolo hasta que lleguen los sanitarios
.
·El transporte del accidentado
debe ser realizado por personas adiestradas. Hay que evitar cualquier maniobra
que conlleve la flexión o torsión de la columna