lunes, 18 de mayo de 2015

NORMATIVIDAD SEGURIDAD INDUSTRIAL (estefania)





NORMATIVIDAD SEGURIDAD INDUSTRIAL


QUE ES SEGURIDAD

Cotidianamente se puede referir a la ausencia de riesgo o a la confianza en algo o en alguien


QUE ES SEGURIDAD INDUSTRIAL


La Seguridad Industrial es el sistema de disposiciones obligatorias que tienen por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes capaces de producir daños a las personas, a los bienes o al medio ambiente derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o equipos y de la producción, uso o consumo, almacenamiento o rehecho de los productos industriales.

QUE ES NORMATIVIDAD

Se refiere al establecimiento de reglas o leyes, cualquier grupo u organización, la moral es la formación que tienes o el conjunto de creencias de una persona o un grupo social determinado. Siempre son necesarias las reglas, leyes y políticas, debido a querer existir un orden y común de acuerdo a los integrantes


NORMATIVIDAD
SEGURIDAD INDUSTRIAL



Peligro:

Psicosocial

Carga laboral

Identificación:

ley 9 1979 Art. 84

Procedencia:

Congreso de la República

Nombre de la Legislación:

Normas para Prevenir, Conservar y Mejorar la Salud de los Individuos en sus ocupaciones

Descripción de la Norma/Artículo:

Todos los empleadores están obligados a: proporcionar un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, establecer métodos de trabajo con el mínimo de riesgos para la salud y realizar programas educativos sobre los riesgos para la salud a que están expuestos los trabajadores y sobre los métodos de prevención y control.

Programa de Gestión Asociado para Cumplimiento:

Programa de Gestión en Seguridad y Salud ocupacional
Programa de Bienestar, Programa de Inducción y Re inducción y Plan de capacitación.

Responsables del Cumplimiento:

Gerencia de Recursos Humanos

Proceso:

Recursos Humanos




Peligro:

Psicosocial

Relaciones personales

Identificación:

Ley 1010 2006 Art. 1 - 19

Procedencia:

Congreso de la República

Nombre de la Legislación:

Por medio de la cual se adoptan medidas para Prevenir, Corregir y sancionar el Acoso Laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.

Descripción de la Norma/Artículo:

Definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública.

Programa de Gestión Asociado para Cumplimiento:

Programa de Gestión en Seguridad y Salud ocupacional
Programa de Bienestar, Programa de Inducción y Re inducción y Plan de capacitación.

Responsables del Cumplimiento:

Gerencia de Recursos Humanos

Proceso:

Recursos Humanos
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